lunes, 6 de julio de 2020

Lesiones


  • Lesión es todo daño o alteración morbosa, orgánica o funcional de los tejidos, entendiéndose por la alteración morbosa a todo estado o condición de enfermedad. Desde el punto de vista forense, las lesiones son aquellas alteraciones externas que provocan daño en el sujeto, y que se encuentran tipificadas en los códigos penales.

En prácticamente todos los códigos penales de los diferentes estados de la república, e incluso en otros países, se clasifica a las lesiones según el tiempo que tardan en sanar, si ponen en peligro la vida o no,  si provocan disminución o perdida de algún órgano u ocasionan la vida o no, si provocan disminución o perdida de algún órgano u ocasionan incapacidad permanente para trabajar u otras funciones, lo cual debe quedar perfectamente establecido y clasificado por le medico forense al elaborar el certificado medico correspondiente.

Gutierrez,C,A.(1999) Manual de ciencias forenses y criminalistica. Mexico.D.F: Editorial Trillas.

  • Lesión, en medicina, significa toda alteración de los caracteres anatómicos e histológicos de un tejido u órgano con la consiguiente alteración de su función, ocasionado por agentes externos o internos. Por tanto, esta definición encierra la posibilidad de que una lesión pueda sobrevenir por un agente o causa interna o natural, sin que medie en su producción un agente externo al propio organismo. Ello descarta la intervención de terceras personas y serviría desde el punto de vista médico legal para dictar un archivo de la causa. Cuando por el contrario, se determine una causa externa (agentes físicos, químicos, biológicos o psicológicos), se tendrá que valorar si la causa es intencional o accidental con el fin de dirimir responsabilidades jurídicas.

Pero desde el punto de vista jurídico, el concepto de lesión se ha ido ampliando y modificando, pasando de una definición un tanto genérica de lesión como el “daño corporal causado violentamente, bien se trate de herida, contusión o erosión” donde como puede observarse quedaba excluida la lesión psíquica y parecía circunscribirse exclusivamente a lesiones de origen traumático, a otras donde se iban admitiendo otros agentes etiológicos, como en el caso de agentes biológicos, tóxicos o de otro tipo. Finalmente, se establece una definición más amplia llegándola definir como “todo daño causado en la salud física o psíquica de una persona”. Dicha definición se ajusta, por tanto a la establecida por la OMS para definir el concepto de salud.

En general, los Tribunales de Justicia tienen en cuenta como hecho probado la existencia del daño causado en la salud física o mental de una persona y valorarán las diferentes circunstancias etiológicas que concurren en los hechos violentos: intencionalidad, medios empleados, preponderancia o superioridad del agresor, etc., circunstancias por otro lado no ajenas a la valoración del médico forense.

Etiología y clasificación

Se entiende por etiología la causa u origen de la lesión. Desde el punto de vista jurídico, la etiología médico legal se ha dividido clásicamente en función de la intencionalidad del agente causante, así podemos hablar de lesiones culposas, por tanto sin intención y lesiones dolosas, originadas con la intención de causar un daño.

En el caso que nos ocupa de la violencia contra la mujer interesan por este criterio de clasificación, las lesiones dolosas por la carga intencional que lleva en su producción.

Al ser las lesiones consecuencia de un mecanismo violento, cobra inmediatamente sentido clasificar las lesiones por su resultado, en lesiones mortales y no mortales:
  • Lesiones mortales. Son aquellas que originan el fallecimiento de la víctima.
  • Lesiones no mortales. Aquellas que no causan la muerte, al margen de la gravedad clínica que ocasionen.

Una víctima presenta en la autopsia diversas heridas por arma blanca. El médico forense determina que existen dos posibles armas blancas productoras de estas lesiones y establece como causa de muerte una herida penetrante en tórax. En este caso debemos de determinar cuál de estas armas es la que ha provocado la muerte, al existir dos agresores distintos.

Los agentes lesivos pueden ocasionar lesiones, en la misma área anatómica sobre la que han actuado, o bien, provocar un daño en un área anatómica alejada. Diferenciamos las lesiones en:

• Locales: aparecidas en el mismo lugar donde se produjo el impacto.
• A distancia: se identifican en zonas distintas de donde se produjo la lesión (por contragolpe, por
migración de hematomas, etc.).

Una persona es golpeada por su novio tras lo cual cae impactando en el lado derecho de la cabeza con una mesa; en el examen neurológico clínico se advierte un hematoma cerebral en el lado izquierdo de la cabeza el cual puede ser explicado por efecto de contragolpe, aceleración desaceleración, del cerebro dentro del cráneo.

En estos casos, el cuerpo vulnerante puede ser cualquier objeto o instrumento que sea capaz de generar una energía cinética que determine una lesión en el organismo de la víctima: proyectiles por arma de fuego, instrumento cortante o punzante, el propio fragmento óseo desprendido, rueda de vehículos e incluso, y con mucha frecuencia miembro anatómico del agresor.

De modo habitual estos agentes instrumentales suelen actuar según un mecanismo activo, es decir, actúan impactando contra la víctima.

• Agentes físicos. Los agentes físicos que con más frecuencia se utilizan sobre la víctima son el fuego, el calor, la electricidad, las radiaciones y el frío. Según el agente. El mecanismo de acción es diferente y pueden actuar o bien destruyendo los elementos celulares afectados o provocando reacciones físicoquímicas que alteran la estructura celular. Todos ellos elementos accesibles para el agresor que puede someter a la víctima a estos agentes como medio lesivo, medio de tortura o como medio criminal femicida.

• Agentes químicos. Estos agentes también son conocidos como tóxicos y están dotados de propiedades, asfixiantes, degenerativas, irritantes y/o cáusticas que provocan la, degeneración y necrosis de los tejidos con los que contactan.

En toxicología se entiende por tóxico, cualquier sustancia, natural o sintética, que puesta en contacto con un organismo vivo, a la dosis adecuada, es capaz de originarle una grave alteración de su equilibrio, pudiendo provocarle la muerte. Los ácidos o cáusticos que provocan severa destrucción de los tejidos han sido también agentes clásicos para deformar a la mujer el arrojar sobre ella una sustancia química que altere su fisonomía y la provoque severo dolor y aislamiento social.

Son ejemplos frecuentes en lesiones sobre la mujer maltratada la utilización de agentes corrosivos que pretenden por un lado desfigurar el rostro o alguna zona anatómica determinada y especialmente sensible para la víctima o bien con fines de ocultación de pruebas.Suelen haber en estos casos un componente de venganza que no se ven en otros casos. La intención suele ser el producir una desfiguración o mutilación en la víctima que ocasione un rechazo social o una estigmatización.


• Agentes biológicos Por el momento de aparición:

• Inmediatas. Se presentan de modo casi instantáneo tras la violencia. Suele ser consecuencia de
traumatismos contusos.
• Tardías. De aparición diferida en el tiempo. Por ejemplo necrosis de escafoides, epilepsia postraumática, etc.

Según el agente que las produce en:

Agentes externos: mecánicos, físicos, químicos o biológicos, y psicológicos.
Agentes internos: Un único mecanismo que reconocen los diferentes autores como causante de
lesiones, es el esfuerzo.

Agentes Externos

Los agentes externos causantes de lesión pueden ser, a su vez:

• Agentes mecánicos. El mecanismo de acción corresponde, en general, al efecto de un cuerpo animado en movimiento, con una fuerza viva determinada que viene a ser consecuencia de la masa por su velocidad a cuadrado, y que impacta con el sujeto (traumatismo activo). Por el contrario puede darse el caso, muy frecuente en el tema que nos ocupa de violencia de género, que la víctima sea proyectada contra un agente que permanece inmóvil (traumatismo pasivo).

Por ejemplo: Una persona que es empujada o bien hacia un objeto vulnerante que se encuentra en su mismo plano de sustentación o sobre otro que está a cierta distancia del plano de sustentación (precipitación).

En estos casos, el cuerpo vulnerante puede ser cualquier objeto o instrumento que sea capaz de generar una energía cinética que determine una lesión en el organismo de la víctima: proyectiles por arma de fuego, instrumento cortante o punzante, el propio fragmento óseo desprendido, rueda de vehículos e incluso, y con mucha frecuencia miembro anatómico del agresor.

De modo habitual estos agentes instrumentales suelen actuar según un mecanismo activo, es decir,
actúan impactando contra la víctima.

• Agentes físicos. Los agentes físicos que con más frecuencia se utilizan sobre la víctima son el fuego,el calor, la electricidad, las radiaciones y el frío. Según el agente. El mecanismo de acción es diferente y pueden actuar o bien destruyendo los elementos celulares afectados o provocando reacciones físicoquímicas que alteran la estructura celular. Todos ellos elementos accesibles para el agresor que puede someter a la víctima a estos agentes como medio lesivo, medio de tortura o como medio criminal femicida.

• Agentes químicos. Estos agentes también son conocidos como tóxicos y están dotados de propiedades, asfixiantes, degenerativas, irritantes y/o cáusticas que provocan la, degeneración y necrosis de los tejidos con los que contactan.

En toxicología se entiende por tóxico, cualquier sustancia, natural o sintética, que puesta en contacto
con un organismo vivo, a la dosis adecuada, es capaz de originarle una grave alteración de su equilibrio, pudiendo provocarle la muerte. Los ácidos o cáusticos que provocan severa destrucción de los tejidos han sido también agentes clásicos para deformar a la mujer el arrojar sobre ella una sustancia química que altere su fisonomía y la provoque severo dolor y aislamiento social.

Son ejemplos frecuentes en lesiones sobre la mujer maltratada la utilización de agentes corrosivos que pretenden por un lado desfigurar el rostro o alguna zona anatómica determinada y especialmente sensible para la víctima o bien con fines de ocultación de pruebas.

Suelen haber en estos casos un componente de venganza que no se ven en otros casos. La intención
suele ser el producir una desfiguración o mutilación en la víctima que ocasione un rechazo social o una estigmatización.

Agentes biológicos

La jurisprudencia de diferentes países señala que los agentes biológicos, (virus, bacterias, parásitos) que alcanzan el organismo de forma dolosa o en virtud de imprudencia punible, son así mismo origen, a través de los procesos patológicos que desencadenan, de lesiones, en el sentido jurídico de la palabra. En ocasiones, el contagio venéreo de determinadas enfermedades de forma intencional (dolosa) se utiliza como mecanismo agresor hacia la mujer, ocasionándola una enfermedad crónica o
mortal.

Uno de los agentes biológicos más dramáticos en la infección dolosa de una mujer ha sido la de transmitir el virus del SIDA generalmente mediante una relación sexual forzada.

• Medios psicológicos.

 De la misma forma que sucede con otros agentes, se admite internacionalmente los medios psicológicos como causante de lesiones en base a la definición aceptada de lesión (producción de menoscabo físico o psicológico en un individuo). De hecho, en la mayoría de legislaciones actuales, no se utiliza ningún criterio de exclusión del agente lesivo y basta con que el mismo sea capaz de producir una lesión para considerarlo como tal.

Agentes Internos

Estos agentes se concretan en un solo mecanismo: el esfuerzo, pero que es originado como una reacción a un estímulo externo lo que se considera como de origen violento.

Por ejemplo: Una persona que en una acción defensiva presenta una distensión ligamentosa o desgarro muscular. A la misma lesión traumática directa habría que añadir la producida por este mecanismo y aplicar los criterios de causalidad a la hora de realizar el informe pericial.

Cartagena,P,J,M. Donat,L,E. Barrero,A,R. Andreu,T,E. Cartagena,D,I. Miro,S,A. (2016) Manual de Medicina Legal para Juristas. República Dominicana: Editorial Ortega.

  • Según la Organización Mundial de la Salud, la lesión se define como "Toda alteración del equilibrio biopsicosocial". Por su parte, la definición clínica de lesión es: "La alteración funcional orgánica y psíquica consecutiva a factores internos o externos"
Certificación de las lesiones

La certificación de las lesiones se lleva a cabo en las agencias investigadoras del Ministerio Publico. Existen dos tipos de certificados: Provisional y definido.

Los medico legistas o forenses elaboran las certificaciones provisionales en la agencia investigadora del Ministerio Publico y también en algunos hospitales de traumotología para los lesionados.

La certificación definitiva puede también establecerse tras integrar la averiguación previa en la agencia investigadora del Ministerio Publico. Son ejemplos la amputación o perdida de un miembro y la disminución de una función, lesiones que no admiten ninguna discusión.


Grandini,G,J. Gomez,R,C. Muñiz,G,R. Takajashi,M,F,E. Becerril,G,JA. (2014). Medicina Forense. Mexico, D.F: Editorial El Manual Moderno 


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