martes, 23 de junio de 2020

MEDICINA LEGAL

Antecedentes históricos

Aristóteles afirma que las cosas se entienden mejor cuando se conoce su historia.

El primer experto en la materia de quien se tiene conocimiento es IMHOTEP, quién vivió en Egipto, aproximadamente 3000 a.C. fue alta autoridad judicial del rey Zoser y arquitecto de la gran pirámide de Sakkara.La medicina egipcia en esta época era socializada, el estado pagaba a los médicos por sus servicios y se castigaba a los errores profesionales.

Los papiros de Ebers (1500 a.C.), muestran cultos a los muertos y practicas de conservación, el papiro de Edwin Smith registra la asistencia a los heridos y normas en el ejercicio profesional, el papiro de ka observa la educación higiénica, la puericultura y sanciones aplicadas contra el aborto procurado, la piedra de Rosetta describe técnicas y ritos en la preparación medica, habla de la casa de la muerte (lugar de embalsamamientos) así como de las normas de las conductas profesionales medicas y castigo para los que no cumplían las disposiciones dadas.

Asiria y Babilonia, el código de Hammurabi (1700 a.C.) y el código de la medicina y de la ley, en el primero se encuentra la jurisprudencia medica, civil y criminal, así como los castigos que se aplicaban por actos de negligencia, e incluso hasta se les mutilaban las manos al responsable.

Hebreos, aportaron la idea de un “Dios único” en su origen divino, las enfermedades son un castigo para las culpas del hombre, en principio místico se practicaban circuncisiones, cesáreas y sangrías.

China, se permitía el uso del opio como recurso terapéutico, se castraba a los niños para cumplir con determinados ritos religiosos, los médicos practicaban la acupuntura que consiste en la punción con agujas de distintos metales y en diversas partes del cuerpo humano, (emperador Shen-Nung 2800 a.C.).

India, Suscruta, inició la enseñanza de la medicina y de la cirugía, se administraba licor como anestesia, los discípulos debían renunciar a los placeres carnales, a la crueldad, ira, avaricia, ignorancia, pereza, envidia, venganza, orgullo, etcétera.La primera labor del medico respecto al paciente, debería ser para procurar la consolación, debían de abstenerse de una señora sin la presencia del marido.

El código de Manú (100 a 50 a.C.) se refería a las reglas higiénicas, relaciones sexuales, honorarios de servicio, días especiales de la mujer (menstruación), se permitía y obligaba el aborto en embarazos de nobles con plebeyos.

Grecia. Hipócrates, instituyo por primera vez en la historia la clínica del enfermo, describió las facies de agonía, conjunto y dio a conocer los principios del actuar medico, conocido como “ juramento hipocrático” que son normas para orientar la ética medica, Galeno, desarrollo el máximo de su habilidad en roma.

Roma, cultura clásica que se ha destacado por los avances de su época con el diseño de las leyes y aplicación del derecho, así como la regulación en la practica medica. Numa Pompilio, indicó el examen medico a las mujeres embarazadas que morían. El emperador romano promulgó la “Ley Aquilia” esta responsabiliza los médicos de negligencia profesional y les imponía un castigo ejemplar, la “Ley Cornelia” prohibía el aborto, se ejercía un registro de los árabes, quienes además completan algunos aspectos. Inocencio III, y vigilancia de las prostitútas.

Edad Media, la herencia griega es conservada y transmitida fundamentalmente por las traducciones exige a los médicos con orden judicial visitar a los heridos de guerra y enfermos.

Renacimiento, Leonardo da Vinci (anatomista-escultor) , dibujaba al corazón y sus grandes vasos, Wilian Harvey, descubre la circulación sanguínea, Andrés Vesalio, diseccionaba en cadáveres robados de ejecutados (actividad prohibida y penada por la ley) y pudo con sus experiencias corregir errores de Galeno, Miguel Servet, fue quemado vivo en la hoguera por diseccionar con cadáveres, Pablo Zachia, practicó y describió las docimasias hidrostáticas pulmonares y escribió su obra “Cuestiones medico - legales”, Ambrosio Pare, nacido en Laval Francia en 1510, practicó como “barbier chirugucen” en el hotel Dieu, en 1536 se enroló en el ejercito de Francisco I, y lo acompañó en el Piamonte, por ser autodidacta fue despreciado por los cirujanos facultativos , sin embargo por méritos propios se convirtió en experto, siendo entonces nombrado cirujano en jefe de Francisco II, en la batalla de Turín, substituyo el aceite hirviente por las esencias de rosas y yema de huevo para lavar las heridas y favorecer su cicatrización, pare también fue nombrado cirujano de Enrique II, quien murió en sus manos al ser herido por una lanza en el ojo, siendo juzgado como regicida, pero absuelto por su calidad humana y científica, también obtuvo el titulo de cirujano en jefe de los ejércitos de Francia con el rey Carlos IX, trataba la sífilis con mercurio, ligaba los vasos sanguíneos rotos en lugar de cauterizarlos durante las amputaciones, diciendo “yo los vendo y dios los cura”, perfecciono también algunas técnicas obstétricas y murió en 1590.

Medicina legal moderna y Contemporánea:

Se comenzó a ilustrarse mas seriamente la aplicación de la justicia con la aparición y auxilio de Orfilia, Devergie, Tardieu, Brouardel, Pirogroff, Lombrosso, Vucetich, Bertillon, Vivert, Thoinot, Laccasagne, Bernard, Lister, Leevwenhoek, Teichman, entre otros y que le dieran además una base científica.

La medicina legal en México.

Cuando se formó la triple Alianza entre Texcoco, Tenochtítlan y Tlacopan, Netzahualcoyotl, dio (según el cronista Ixtlixochitl) un código de 80 notables Leyes Penales y Civiles, que fueron aceptadas y aplicadas en todo Anahuac.
Las penas eran muy severas para los delincuentes y para que fueran justas en su  aplicación, debía hacerse en algunos casos un peritaje medico-legal y de aprobarse se aplicaba la pena señalada.

El homicidio se castigaba con la muerte y si se había hecho con veneno, morían el homicida y el que proporcionaba el veneno.

La mujer que tomaba con que abortar, moría al igual que la curandera que le preparó el brebaje.

El marido que mataba a la adúltera, moría por que usurpaba las funciones de la justicia, se procedía ahorcándolos o lapidándolos.

Si el homicidio era de hombre que tuviera mujer e hijos, el homicida podría ser  perdonado y quedar como esclavo de la mujer.

El que forzaba a una doncella, tenia pena de muerte, ya fuera el ataque en el campo o en la casa de sus padres.

Se daba muerte al que vistiera ropas diferentes a las normales para su propio sexo.

También era pena de muerte el incesto y el infanticidio, así como en la sodomía se amputaban los órganos genitales y se quemaba el cadáver.

Para identificar el estado de muerte en un individuo, se pulverizaba el bulbo del “Zozoyatec” y se aplicaba en la nariz para producir irritación y secundariamente la respuesta del estornudo.

Durante la conquista y la colonia fue época obscura para la medicina y el derecho, influenciada por la magia y posesiones diabólicas, aplicaban disposiciones de la “santa inquisición”. 

No fue sino hasta 1833 en que se fundo el establecimiento de las ciencias medicas, se logro también la creación de la cátedra de medicina legal, siendo el primer titular en impartirla don Agustín de Arellano, después don Luis Hidalgo y Carpio, (reconocido como precursor), quien aparte de escribir la primera obra literaria de medicina legal, colaboro con en la integración del código penal que promulgara el Lic. Benito Juárez, su definición de lesión aun es vigente en nuestros días, se preocupo también por la correcta clasificación de las lesiones, aporto importantes ideas para basar la responsabilidad medica y el secreto profesional.

Otros médicos que se han ganado especiales menciones en su actuación son:

José Torres Torija, Alfonso Quiroz Cuarón, Rafael Moreno González, Luis Rodríguez  Manzanera, Ramón Fernández Pérez, Mario Rivas Souza, entre otros.

El desarrollo de la medicina legal, ha sido lento, debido a factores como el económico y al poco interés que los “nuevos médicos”, tienen por esta disciplina profesional y creen que solo el hecho de ser médicos, harán un buen papel como peritos legistas, lo que constituye un error, porque es bien cierto que: El medico legista no se improvisa, si no que se adquiere sus conocimientos a través de los años de practica, paciencia y preparación constante. 

Además la falta de locales apropiados, dignos y funcionales, así como lo reducido de los salarios aplicados, aunado a la responsabilidad que adquieren en sus dictámenes, hacen que se alejen aquellos que tienen cierta simpatía o interés por esta noble especialidad medica.

La Medicina legal nació con las exigencias de la Justicia. Todas las sociedades a lo largo de la historia han planteado a la Justicia problemas sobre los cuales tenía que pronunciarse en una sentencia justa. Los juristas, en busca de esa verdad oculta, han necesitado de conocimientos sobre materias que les eran y son ajenas a su formación básica, siéndoles por ello necesaria la colaboración de otros profesionales, que aportasen sus conocimientos propios y así poder llegar a la resolución más correcta del problema que se le planteaba.

De todos los profesionales, los médicos han sido los más solicitados por los Tribunales, dando lugar con ello al nacimiento de una rama del conocimiento humano conocida como Medicina legal, ciencia que pese a su condición auxiliar del derecho, posee un contenido propio, técnico y metodológico.

La Medicina Legal, en su papel integrador conjuga el saber médico con otros conocimientos para poder así, resolver situaciones complejas que, ni la Medicina aislada, ni las otras Ciencias, por sí mismas, podrían hacerlo. En este sentido la Medicina Legal tomd elementos, fundamentalmente, del Derecho y de otras Ciencias —naturales, humanistas y exactas— y hace comprensibles aspectos biológicos, que de otra forma, no podrían interpretarse cuando las cuestiones de orden médico se debaten en el ámbito de la justicia.

Se entiende por ciencia al esfuerzo que se realiza para conocer las cosos por sus causas y principios. Según Kant, ciencia es "toda doctrina que se construye en un sistema de conocimientos ordenados, según sus principios". 

Ortega y Gasset dice que la ciencia "es un ideal que se encuentra en constante revisión por el quehacer dinámico que su naturaleza genera e impulsa". Desde este punto, o sea el filosófico, toda ciencia debe tener un objeto de conocimiento, sus ideas deben estar vinculadas en un sistema orgánico y sus postulados deben ser universales. 

Desde otro punto de vista las ciencias en general pueden ser: 

— Ciencias del ser: Por ejemplo Medicina, o 
— Ciencias del deber ser. Por ejemplo Derecho. 

La Medicina integra el conjunto de conocimientos de las ciencias biológicas, tiene como objeto el hombre y puede definirse como el "conjunto de conocimientos con postulados universales integrados en un sistema orgánico destinados a prevenir las enfermedades y a la recuperación de la salud de las perso-nas". Sin desconocer su raíz y orígenes en la Biología, la Medicina se vincula con las Ciencias del Deber Ser ingresando por ello en el campo Social ya que el no hombre es un ser biopsicosocial.

El Derecho, es un sistema o conjunto de principios, preceptos y reglas a las que están sometidos los relaciones humanas en toda sociedad civil, derivando las normas legales del poder social para así poder organizar la comunidad en orden al bien común. 

La Biología y el Derecho se hallan en mutua relación e interdependencia siendo su punto de contacto la Medicina Legal. Entendemos que esta especialidad tiende puentes entre la medicina, el derecho, la sociología, la justicia y lo moral, moviéndose a un lado y a otro, para unir, conciliar y fortalecer valores que son complementarios, muchas veces coincidentes. Nerio Rojas definió a la especialidad como "La aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judicialeslega.

La medicina forense la definen prácticamente todos los autores como la especialidad médica que utiliza todos sus conocimientos para coadyuvar científicamente en la administración de justicia.

Existen varios sinónimos de medicina forense, tales como: medicina lega, jurisprudencia médica, medicina del derecho y medicina jurídica; sin embargo los términos que se utilizan más frecuentemente son: medicina forense y medicina legal.

En México, algunos autores consideran erróneamente que el médico que ejerce la medicina forense es aquel que realiza las necropsias, y el médico que practica la medicina legal es el que lleva a cabo la clasificación de la lesiones.

Esto ha repercutido en la organización forense de la ciudad capital, ya que existen los llamados Médicos Legistas qué dependen el Gobierno del Distrito Federal, encargados de realizar la certificaciones médico legales; Los médicos forenses de la Procuraduría General  de Justicia, cuyá función es acudir al lugar del hecho para levantamiento del cadáver; los médicos forenses que dependen Tribunal Superior de Justicia, quienes realizan la necropsia de ley. Está confusión frente a propiciado incluso exista un consejo mexicano de certificación de Medicina Legal y Forense, organismo con autoridad moral para vigilar que esta rama de la medicina sea ejercida solo por quienes han cursado la especialidad, pero con el solo nombre se continúa con los errores de hace tiempo.

Independientemente la terminología utilizar en el distrito federal o por algunos autores, lo verdaderamente importante para electores de comprenda que me dicen a forense y medicina legal son sinónimos, y  que ciertamente en los países de habla hispana utiliza más el terminó legal; mientras que los países anglosajones emplean con mayor frecuencia terminó forense.
Sin el afán de querer ser repetitivos debe quedar perfectamente claro que son especialidades diferentes y, por tanto, independientemente de la denominación que son especialidades diferentes y, por tanto, independientemente de la denominación que se utilice, ya sea legista o forense.

La importancia de la medicina forense radica en su campo de acción, el cual puede aplicarse en sujetos vivos y en sujetos muertos; en sujetos vivos se emplea realizado certificaciones de lesiones, de ebriedad, ginecológicas, andrológicas, de sanidad, psicofísicas, o bien, para determinar la edad clínica de una persona.
En sujetos muertos se emplea asistiendo el levantamiento del cadáver en exhumaciones y en la realización de la necropsia de ley.

La medicina se puede definir de la siguiente manera:
Son los conocimientos médicos que se aplican para auxiliar en la Procuración, Administración e Impartición de la Justicia.
Puede ser definida como la ciencia que aporta los conocimientos clínicos y biológicos necesarios para resolver ciertos problemas judiciales, que de otra manera quedarían insolubles. 

Es decir, la ciencia que tiene por objeto el estudio de las cuestiones que se presentan en el ejercicio profesional del jurista y cuya resolución se funda, total o parcialmente, en ciertos conocimientos médicos o biológicos previos.

En definitiva, se trata de aplicar los conocimientos del médico pero no con el objetivo de diagnosticar y tratar, sino de resolver las cuestiones de índole biológica que en la aplicación práctica de las leyes se le plantean al jurista.

Por otro lado, junto a este aspecto puramente práctico y aplicativo, tiene la medicina legal una finalidad de proporcionar elementos de naturaleza biológica y médica al continuo desarrollo y perfeccionamiento de las leyes.

Estos dos elementos representan matices conceptuales diferentes dentro de la medicina legal dividiéndola a ésta en:

Medicina legal doctrinal o simplemente medicina legal: que se correspondería con el substrato teórico de esta ciencia.

Medicina legal práctica o medicina forense o medicina legal aplicativa: que sería aquella parte de la medicina legal que se enfoca a la resolución de los problemas médico legales en un momento histórico determinado.

Algunos autores consideran que ambos términos, medicina legal o medicina forense, sin sinónimos, y pueden ser utilizados indistintamente uno u otro.
Del análisis de estas definiciones se desprende, como primera conclusión, que la Medicina legal tiene el carácter de ciencia auxiliar del Derecho, pero auxiliar insustituible al haberse impuesto el método científico en la búsqueda de la verdad como fundamento y base de la justicia. Sin la medicina legal se concibe en la actualidad una recta Administración de Justicia.

Respecto a la extensión de la Medicina legal, podemos deducirlos de la misma definición. La medicina legal abarca todos aquellos conocimientos de índole científico biológico necesarios para la resolución de los problemas que en cada momento histórico le plantean la aplicación o elaboración de las leyes, conocimientos que se extienden en profundidad y superando los de la ciencia madre, la medicina, se amplían y abarcan conocimientos por supuesto de derecho, pero también de física, de química, de biología, de antropología, entre otros.

Actualmente los campos del Derecho que requieren de forma preferente la actuación del médico legista, son el derecho penal, el civil, y el laboral.

Los límites de la Medicina legal, vienen impuesto por el caudal de conocimientos que de una materia se posee en un momento histórico determinado; los limites de esta especialidad, vienen impuestos por los conocimientos de la humanidad, pues una de las características de esta ciencia es la de absorber todos los conocimientos que le sean necesarios para realizar su objetivo.

Fuentes de la medicina legal

Si bien la Medicina legal posee una doctrina con contenido metodológico y técnico propio, ésta necesita relacionarse con otras ciencias, de las que sigue su evolución y progreso, para ir apropiándose de todos aquellos elementos que en algún momento le permitan resolver un problema jurídico. De todas estas relaciones, las más importantes son las que establece con la medicina en general y las diversas especialidades médicas, seguidas por las que mantiene con el derecho y, finalmente, con las ciencias físico-químicas.

Por lo que se refiere a la medicina, establece relaciones con todas las especialidades médicas y muy especialmente con la Patología general, la Anatomía patológica, la Traumatología, la Obstetricia y Ginecología, la Psiquiatría y psicología, entre otras muchas, por lo que estas especialidades son propias de la especialidad de la medicina Legal y Forense.

Por su propia naturaleza, se relaciona la medicina legal con el Derecho, relación que tiene una doble vertiente: por un lado, de carácter general, apropiándose de la mentalidad jurídica, que es la única manera de proporcionar elementos periciales útiles a la justicia; y de carácter especial, por otro lado, a fin de conocer en cada caso la específica naturaleza del problema jurídico para el que se precisa su auxilio, único modo de orientar, en el sentido más práctico, de la intervención del médico Forense.

Como decía el profesor Piga Pascual, si una peritación se hace “por algo y para algo”, nunca se debe ignorar el “por qué”, ya que de él depende el “cómo” de nuestras actuaciones.

Finalmente, la técnica médico-legal se relaciona de modo íntimo con las ciencias físico-químicas y naturales. La química le es imprescindible en la investigación de manchas, polvos y cenizas y, sobre todo, en la investigación toxicológica y criminalística.

También se relaciona con la física, aprovechando de estas técnicas tales como: la fluorescencia, la espectroscopia, la electroforesis, cromatografía, etc.; con la biología; con la botánica, y con la zoología entre otros.

CLASIFICACIÓN DEL CONTENIDO DE LA MEDICINA FORENSE

El contenido pues de la medicina legal vendría dado por el conjunto de conocimientos médico legales que cada una de estas ramas requiere en un momento histórico determinado, y decimos en cada momento histórico, ya que el Derecho evoluciona según las doctrinas y circunstancias dominantes en cada época, variando con ello la naturaleza de los problemas que a la Medicina forense plantea.

Podemos clasificar estos conocimientos, en función del sustrato biológico que tengan por base, independientemente de la rama del derecho que con mas profusión los requiera, así, podemos clasificar los contenidos de la medicina fonense en los siguientes capítulos:
  • Derecho Médico
  • Criminalística
  • Tanatología
  • Traumatología forense y valoración del daño  corporal
  • Sexología forense
  • Psiquiatría forense
  • Toxicología forense
Derecho médico. Comprende el conjunto de disposiciones legales que regulan el ejercicio de la profesión médica en general, así como los derechos y obligaciones del médico.

Criminalística. Se encarga del estudio de las técnicas médicas y biológicas usadas en la investigación criminal, sobre las huellas objetivas de los hechos delictivos (indicios del delito).
Tanatología. Que agrupa todos los conocimientos relacionados con los cadáveres, estudio de los mismos y sus fenómenos cadavéricos, así como de las técnicas más adecuadas para ello.

Traumatología forense. Encargada del estudio médico forense de los traumatismos, en sus múltiples aspectos y repercusiones dentro de los distintos campos del Derecho.

Psiquiatría forense. Dedicada al estudio del enfermo mental en sus relaciones con la legislación.
Toxicología forense. Encargada del estudio de los tóxicos y venenos, de sus orígenes y de sus propiedades, de las repercusiones sobre los seres vivos y sobre el medio ambiente.



Cartagena,P,J,M. Donat,L,E. Barrero,A,R. Andreu,T,E. Cartagena,D,I. Miro,S,A. (2016) Manual de Medicina Legal para Juristas. República Dominicana: Editorial Ortega.

Gutiérrez,C,A.(1999). Manual de ciencias forenses y Criminalística. México.D.F: Editorial Trillas.

Patito,J,A (200).Medicina legal. Buenos Aires, Argentina:Ediciones Centro Norte.

Rodríguez,G,A. Medicina legal y/o forense.













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